domingo, 18 de enero de 2015

EEUU pone en vigor medidas para ampliar viajes, envíos de dinero y comercio con Cuba

EEUU pone en vigor medidas para ampliar viajes, envíos de dinero y
comercio con Cuba
Posted on 15 enero, 2015
Por Redacción CaféFuerte

El gobierno de Estados Unidos emitió este jueves un compendio de medidas
para facilitar los viajes, las remesas y el comercio con Cuba como parte
del cambio de política anunciado por el presidente Barack Obama el
pasado mes.

Las nuevas regulaciones abarcan una amplia gama de operaciones, desde
los viajes y los envíos de dinero hasta la emisión de seguros, las
telecomunicaciones y el apoyo a los pequeños negocios en la isla,
siguiendo la pauta de la Casa Blanca para la normalización de las
relaciones con Cuba.

El anuncio de los nuevos procedimientos financieros y legales para la
relación con Cuba fue hecho conjuntamente por los departamentos de
Comercio y del Tesoro, que modificaron sus respectivas regulaciones
sobre el control de activos y exportaciones a la isla.

El paquete de medidas comprende 15 actividades o áreas identificadas
como esenciales para el giro de la política estadounidense y entrará en
vigor este viernes 16 de enero, cuando aparecerán publicadas en el
Registro Federal.

Facilitando operaciones con Cuba

Las medidas buscan facilitar los viajes a Cuba para fines autorizados y
ampliar la prestación de servicios por parte de agentes de viaje y
aerolíneas, aumentar los límites de remesas a Cuba, permitir el
funcionamiento de instituciones financieras para abrir cuentas en Cuba y
autorizar ciertas transacciones con ciudadanos cubanos que residen fuera
de la isla.

"Creemos firmemente que el aumento de los viajes, el comercio y el flujo
de información hacia y desde Cuba le permitirá a Estados Unidos avanzar
en favor de nuestros intereses y en el mejoramiento de las condiciones
de vida de los cubanos de a pie", dijo en un comunicado Josh Earnest,
portavoz de la Casa Blanca.

La implementación de las directivas administrativas se produce en
vísperas de iniciarse en La Habana la primera ronda de conversaciones
entre representantes de ambos países para normalizar los vínculos
bilaterales. La reunión comenzará el próximo miércoles 21 de enero y la
delegación estadounidense estará encabezada por Roberta Jacobson,
subsecretaria de Estado para Asuntos Hemisféricos.

Las regulaciones anunciadas son las siguientes:

VIAJES

- En las 12 categorías existentes de viajes autorizados por licencia
específica será aplicada ahora una licencia general, sujeta a las
condiciones de cada caso. Esto significa que las personas que cumplen
las condiciones establecidas en la normativa no tendrán que solicitar
una licencia para viajar a Cuba.
- Estas categorías son: visitas familiares; asuntos oficiales del
gobierno de Estados Unidos, de gobiernos extranjerosy de ciertas
organizaciones intergubernamentales; actividad periodística;
investigación y encuentros profesionales; actividades educativas;
actividades religiosas; espectáculos públicos, clínicas, talleres,
competencias atléticas y exposiciones; apoyo al pueblo cubano; proyectos
humanitarios; actividades de las fundaciones privadas o institutos de
investigación o educativos; exportación, importación o transmisión de
información o materiales informativos; y ciertas transacciones
autorizadas de exportación.
- Viáticos: La tasa impuesta previamente a los viajeros autorizados ya
no se aplicará, y no hay límite específico de dólares en gastos
autorizados. Los viajeros podrán realizar transacciones dentro de Cuba,
incluyendo el pago de los gastos de manutención y la adquisición en Cuba
de bienes para el consumo personal allí.
Además, se les permitirá a los viajeros de Estados Unidos utilizar las
tarjetas de crédito y débito en Cuba.

SERVICIOS DE VIAJE

- Las agencias de viajes y compañías aéreas estarán autorizadas a
proporcionar servicios de viajes y transporte aéeo sin necesidad de una
licencia específica de la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC).

SEGUROS

- Aseguradoras estadounidenses estarán autorizadas a dar cobertura para
pólizas generales de seguro médico, de vida o de viaje para las personas
que residen habitualmente en un tercer país y que viajan a Cuba. Los
servicios relacionados con la salud y los seguros de vida y de viaje
continuará siendo permitidos para los viajeros estadounidenses
autorizados a ir a Cuba.

IMPORTACION DE MERCANCIAS

- Los viajeros de Estados Unidos podrán importar hasta $400 dólares en
bienes adquiridos en Cuba para uso personal. Esto incluye no más de $100
en bebidas alcohólicas o tabaco.

TELECOMUNICACIONES

- Con el fin de ofrecer servicios eficientes y adecuados de
telecomunicaciones entre Estados Unidos y Cuba, una nueva licencia
general de la OFAC facilitará el establecimiento de instalaciones
comerciales de telecomunicaciones que unen terceros países y Cuba, así
como dentro de Cuba.
- La exportación comercial de ciertos artículos que contribuyan a la
capacidad del pueblo cubano de comunicarse con las personas dentro de
Cuba, en Estados Unidos y el resto del mundo, serán autorizadas bajo una
nueva excepción de licencia comercial (Apoyo al Pueblo de Cuba, SCP) sin
necesidad de una licencia. Esto incluirá la venta comercial de ciertos
dispositivos de comunicaciones, software, aplicaciones, hardware y
servicios, y artículos para el establecimiento y actualización de los
sistemas relacionados con las comunicaciones.
- Servicios adicionales para las comunicaciones basadas en Internet y en
relación con ciertas exportaciones y reexportaciones de artículos
inherentes a la comunicación también serán autorizadas por la licencia
general de la OFAC.

EQUIPOS DE COMUNICACION PARA CONSUMIDORES

- Las ventas comerciales, así como las donaciones, de la exportación y
reexportación de dispositivos de comunicaciones que permiten el flujo de
información a partir de y entre el pueblo cubano -tales como
computadoras personales, teléfonos móviles, televisores, dispositivos de
memoria, dispositivos de grabación y software de consumo- se autorizarán
bajo la categoría de excepción de Dispositivos de Comunicación para
Consumidores (CCD) en lugar de las licencias que se requieren actualmente.

SERVICIOS FINANCIEROS

- Se permitirá a las instituciones estadounidenses abrir y mantener
cuentas ordinarias en entidades financieras de Cuba para facilitar el
procesamiento de las transacciones autorizadas.
- Instituciones financieras estadounidenses estarán autorizadas a
enrolar clientes y procesar transacciones con tarjeta de crédito y
débito para los viajes y otras operaciones autorizadas. Estas medidas
mejorarán la velocidad y la eficiencia de los pagos autorizados entre
Estados Unidos y Cuba.

REMESAS

- Los límites a las remesas generales para los nacionales cubanos, que
no sean ciertos funcionarios gubernamentales y del Partido Comunista de
Cuba a quienes está prohibido enviarlas, se incrementar'án de $500 a
$2.000 por trimestre.
- Ciertas remesas a ciudadanos cubanos para proyectos humanitarios y de
apoyo al pueblo cubano, así como para el desarrollo de las empresas
privadas serán generalmente autorizadas sin limitación. Estas licencias
generales permitirán remesas para proyectos humanitarios relacionados
con Cuba y que están diseñados para beneficiar directamente al pueblo
cubano a través de actividades de organizaciones de derechos humanos,
organizaciones independientes diseñadas para promover una transición
rápida y pacífica a la democracia, y las actividades de individuos y
organizaciones no gubernamentales que promueven la actividad
independiente con la intención de fortalecer la sociedad civil en Cuba;
y para apoyar el desarrollo de las empresas privadas, incluidas las
pequeñas granjas.
- Los viajeros autorizados podrán llevar con ellos $10,000 en remesas
familiares, remesas periódicas, remesas a organizaciones religiosas en
Cuba y remesas a los estudiantes en Cuba en virtud de una licencia
educacional
- Bajo una licencia general ampliada, las instituciones bancarias,
incluidos los intermediarios o agentes de valores y los transmisores de
dinero registrados en Estados Unidos, podrán procesar las remesas
autorizadas a Cuba sin tener que solicitar una licencia específica.

EFECTOS EN TERCEROS PAÍSES

- Entidades controladas o en propiedad estadounidense en terceros
países, incluidos los bancos, serán autorizadas para proveer bienes y
servicios a particulares de nacionalidad cubana radicados fuera de
Cuba, siempre que la transacción no implique una exportación de bienes o
servicios comerciales hacia o desde Cuba.
- La OFAC autorizará de manera general el desbloqueo de cuentas de los
nacionales cubanos que se han trasladado permanentemente fuera de Cuba.
- La OFAC está emitiendo una licencia general que autorizará las
transacciones relacionadas con conferencias y eventos en terceros países
adonde asistan nacionales cubanos.
- Además, una licencia general se autorizará a embarcaciones extranjeras
a ingresar a Estados Unidos después de participar en determinadas
operaciones comerciales en Cuba.

CRECIMIENTO DE PEQUEÑOS NEGOCIOS

- Ciertos proyectos de microfinanciación y formación empresarial y de
negocios para operaciones comerciales y agrícolas privadas, serán
autorizadas.
- Además, se permitirán las importaciones comerciales de ciertos
productos independientes producidos por empresarios cubanos y sus
servicios, según lo determinado por el Departamento de Estado, de
acuerdo con una lista que se publicará en su sitio digital.

EFECTIVO "POR ADELANTADO"

- La interpretación reglamentaria de "efectivo por adelantado" se está
redefiniendo de "dinero en efectivo antes del envío" por "dinero en
efectivo antes de la transferencia de la titularidad y el control de"
para ampliar la financiación del comercio autorizado con Cuba.

EN APOYO A LAS RELACIONES DIPLOMATICAS Y LOS NEGOCIOS OFICIALES DE EEUU

- El Presidente anunció el restablecimiento de las relaciones
diplomáticas con Cuba. Para facilitar este proceso, la OFAC está
añadiendo una licencia general que autoriza las transacciones con
misiones oficiales cubanas y sus empleados en Estados Unidos.
Además, en un esfuerzo por apoyar a importantes intereses del gobierno -
Estados Unidos, una licencia general ampliada autorizará las
transacciones relacionadas con Cuba por parte de empleados,
beneficiarios y contratistas del gobierno de Estados Unidos, gobiernos
extranjeros y ciertas organizaciones internacionales en su capacidad
oficial.

APOYO AL PUEBLO DE CUBA

- Las exportaciones y reexportaciones buscan proporcionar apoyo al
pueblo cubano en tres áreas: el mejoramiento de las condiciones de vida
y el apoyo a la actividad económica independiente; el fortalecimiento de
la sociedad civil; y el mejoramiento de las comunicaciones. Serán
elegibles en virtud de excepción de licencia SCP, del Departamento de
Comercio.
- Para mejorar las condiciones de vida y apoyar la actividad económica
independiente. mediante la excepción SCP, autorizará: (1) los materiales
de construcción, equipos y herramientas para el uso del sector privado
en la construcción o renovación los edificios de propiedad privada,
incluyendo residencias privadas, empresas, lugares de culto, y la
construcción en el sector privado para uso social o recreativo; (2) las
herramientas y equipos para la actividad agrícola privada; y (3)
herramientas, equipos, suministros e instrumentos para uso de los
empresarios del sector privado.
- Para fortalecer la sociedad civil, la SCP autorizará la exportación y
reexportación de artículos donados y su exportación temporal y
reexportación de artículos para su uso en actividades científicas,
arqueológicas, culturales, ecológicas, educativas, de preservación
histórica, o deportivas, los cuales podrán ser llevados por los viajeros
a Cuba. LA SCP también autorizará la exportación y reexportación con
destino a las organizaciones de derechos humanos, individuos u
organizaciones no gubernamentales que promueven la actividad
independiente con la intención de fortalecer la sociedad civil.
- Los viajeros también podrán exportar temporalmente artículos para su
uso en la investigación profesional o campo de estudio, a tiempo
completo, bajo la SCP. Las actividades o investigación no deben estar
relacionadas con los elementos o artículos controlados por razones
confidenciales en la Lista de Municiones de Estados Unidos, o en la - -
- Lista de Control de Comercio de Estados Unidos.
Para mejorar las comunicaciones, la SCP autorizará la exportación y
reexportación de artículos para el uso por parte del personal de los
medios de comunicación y agencias de noticias de Estados Unidos.
- La SCP no autorizará la exportación de artículos en la Lista de
Control de Comercio por razones de confidencialidad como la seguridad
nacional, la proliferación nuclear, la estabilidad regional, la
tecnología de misiles, y otros motivos de sensibilidad similar.

PAQUETES DE REGALO

Envíos conjuntos de paquetes serán elegibles bajo la misma excepcion de
licencia de comercio que autoriza el envío de paquetes individuales.

LIBERALIZACION DE POLITICA DE REVISION PARA SOLICITUDES DE LICENCIAS

El Departamento de Comercio establecerá una política general de
aprobación de solicitudes de exportación o reexportación de artículos
necesarios para la protección del medio ambiente o el mejoramiento de
las costas, el agua y el aire de Estados Unidos y de regiones
internacionales (incluyendo artículos que mejoran la calidad del medio
ambiente a través de la eficiencia energética).

Fuente: Departamento de Estado

Source: EEUU pone en vigor medidas para ampliar viajes, envíos de dinero
y comercio con Cuba | Café Fuerte -
http://cafefuerte.com/cuba/21263-eeuu-pone-en-vigor-medidas-para-viajes-envios-de-dinero-y-comercio-con-cuba/

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