viernes, 15 de mayo de 2015

El Ministerio de Turismo pagará a los cuentapropistas en pesos convertibles

El Ministerio de Turismo pagará a los cuentapropistas en pesos convertibles
REINALDO ESCOBAR, La Habana | Mayo 14, 2015

En el entorno de las lentas reformas económicas que se suceden en Cuba,
los hechos se vuelven noticia no porque se haya permitido el ejercicio
de una actividad o se autorice cierto tipo de transacción, sino porque
queda al descubierto que lo recientemente permitido llevaba largo tiempo
prohibido.

Tal es el caso de la "actualización" que ha hecho el Ministerio de
Turismo a las relaciones contractuales y monetarias con el sector no
estatal. La buena nueva apareció publicada en la Gaceta Oficial
extraordinaria n. 16 del pasado 28 de abril, donde la Resolución 29 de
2015 da a conocer las reglas que se ponen en vigor para que cooperativas
no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia puedan recibir el pago
en pesos convertibles.

La resolución contiene un anexo donde se detallan las 37 actividades
económicas del trabajo por cuenta propia que a partir de ahora podrán
cobrar su trabajo en pesos convertibles, cuando presten sus servicios o
vendan sus producciones a empresas del sistema de turismo.

Ya en septiembre de 2014 el Banco Central había emitido su Resolución n.
87 donde se autorizaba de forma general el cobro en pesos cubanos y en
convertibles a las cooperativas no agropecuarias "según las monedas en
que estén autorizadas a operar". Transcurridos siete meses, el
Ministerio de Turismo autoriza a sus empresas a pagar en ambas monedas a
los que ya estaban autorizados a cobrar en esas modalidades.

Los objetivos declarados de esta "flexibilización" son obtener productos
y servicios de calidad superior a la que ofertan las entidades estatales
y además reducir gastos de salarios.

Sin embargo, una lectura paciente de la lista de actividades autorizadas
en el anexo de la Resolución 29 de 2015 deja abiertas muchas
interrogantes. Se incluyen prestaciones clásicas como las de arrendador
de viviendas y habitaciones o restaurantes privados y cafeterías, así
como labores relacionadas con el mantenimiento constructivo. Pero se
excluyen otras íntimamente relacionadas con el turismo como son los
transportistas, profesores de baile o de idiomas, peluqueros,
instructores de buceo y masajistas.

Todos los pagos se efectuarán mediante transferencias bancarias y se
excluye la remuneración en efectivo, lo cual hace poco atractiva la
gestión, dada la tradicional lentitud con que se realizan estos
trámites. El Mintur solo pagará en efectivo a cuentapropistas por
trabajos que se contraten de forma eventual y, en esos casos, lo hará en
moneda nacional. La lista de las excepciones es corta y sumamente
específica, donde se incluye hacer copias de llaves o montar y desmontar
neumáticos.

Pasito a pasito, las flexibilizaciones económicas no acaban de asumir el
ritmo ni la profundidad que la realidad exige.

Source: El Ministerio de Turismo pagará a los cuentapropistas en pesos
convertibles -
http://www.14ymedio.com/opinion/Ministerio-Turismo-pagara-cuentapropistas-convertibles_0_1778822108.html

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